lunes, 20 de diciembre de 2010

Tipos de Radiación

Es el proceso de transmisión de ondas o partículas a través del espacio o de algún medio. Las ondas y las partículas tienen muchas características comunes, la radiación suele producirse predominantemente en una de las dos formas.
La radiación mecánica corresponde a ondas que sólo se transmiten a través de la materia, como las ondas de sonido.
La radiación electromagnética es independiente de la materia para su propagación, sin embargo, la velocidad, intensidad y dirección de su flujo de energía se ven influidos por la presencia de materia.
La Radiación Electromagnética se divide en dos grandes tipos de acuerdo al tipo de cambios que provocan sobre los átomos en los que actúa:

Son aquellas que no son capaces de producir iones al interactuar con los átomos de un material. Se pueden clasificar en dos grandes grupos:

Los campos electromagnéticos

Las radiaciones ópticas

Dentro de los campos electromagnéticos se pueden distinguir aquellos generados por las líneas de corriente eléctrica o por campos eléctricos estáticos. Otros ejemplos son las ondas de radiofrecuencia, utilizadas por las emisoras de radio, y las microondas utilizadas en electrodomésticos y en el área de las telecomunicaciones.

Entre las radiaciones ópticas se pueden mencionar los rayos láser y la radiación solar como ser los rayos infrarrojos, la luz visibley la radiación ultravioleta. Estas radiaciones pueden provocar calor y ciertos efectos fotoquímicos al actuar sobre el cuerpo humano. Nosotros nos centraremos en la radiación ultravioleta que los últimos años por causa de diversos factores ha estado alcanzado la tierra en valores que perjudican seriamente nuestra salud y supervivencia.


Espectro Solar


Radiación Ultravioleta

La radiación solar posee una gran influencia en el medio ambiente debido a que es un factor que determina el clima terrestre. En particular la radiación ultravioleta es protagonista de muchos de los procesos de la biosfera. La radiación Ultravioleta es una Radiación electromagnética cuyas longitudes de onda van aproximadamente desde los 400 nm, el límite de la luz violeta, hasta los 15 nm, donde empiezan los rayos X. (Un nanómetro, o nm, es una millonésima de milímetro). Este tipo de radiación aunque en cierta forma es beneficiosa, si se excede los limites admisibles por la vida terrestre puede causar efectos nocivos en plantas y animales e incluido el hombre en lo que respecta a la piel y los ojos.
Hay una serie de factores que afectan de manera directa la radiación ultravioleta que llega a la superficie terrestre, estos son:

Ozono atmosférico Elevación solar
Altitud Reflexión
Nubes y polvo Dispersión atmosférica

El Índice UV es un parámetro UV para la población. Se trata de una unidad de medida de los niveles de radiación UV relativos a sus efectos sobre la piel humana (UV que induce eritema). Este indice puede variar entre 0 y 16 y tiene cinco rangos:

UVI
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11 ó mayor

Bajo
Moderado
Alto
Muy alto
Extremado


Cuanto menor es la longitud de onda de la luz Ultravioleta, más daño puede causar a la vida, pero también es más fácilmente absorbida por la capa de ozono. De acuerdo a los efectos que la radiación Ultravioleta produce sobre los seres vivos se pueden diferenciar tres zonas en el espectro de la misma en base a su longitud de onda:

Ultravioleta C (UVC)
Este tipo de radiación ultravioleta es la de menor longitud de onda, cubre toda la parte ultravioleta menor de 290 nm, es letal para todas las formas de vida de nuestro planeta y en presencia de la cual no sería posible la vida en la Tierra tal y como la conocemos actualmente, es totalmente absorbida por el ozono, de modo que en ningún caso alcanza la superficie terrestre.


Ultravioleta B (UVB)
Entre las radiaciones UVA y UVC está la radiación UVB con una longitud de onda entre 280 y 320 nm, menos letal que la segunda, pero Peligrosa. Gran parte de esta radiación es absorbida por el ozono, pero una porción considerable alcanza la tierra en su superficie afectando a los seres vivos produciendo además del bronceado, quemaduras, envejecimiento de piel, conjuntivitis, etc. Cualquier daño a la capa de ozono aumentará la radiación UVB. Sin embargo, esta radiación está también limitada por el ozono troposférico, los aerosoles y las Nubes.


Ultravioleta A (UVA)
La radiación UVA, con mayor longitud de onda que las anteriores entre 400 y 320 nm, es relativamente inofensiva y pasa casi en su totalidad a través de la capa de ozono. Este tipo de radiación alcanza los efectos de la radiación ultravioleta B pero mediante dosis unas 1000 veces superiores, característica que la convierte en la menos perjudicial. Hay realizar la aclaración de que la radiación Ultravioleta A alcanza la tierra con una intensidad muy superior a la UVB por lo tanto es recomendable Protegerse



RADIACION IONIZANTE

Son radiaciones con energía necesaria para arrancar electrones de los átomos. Cuando un átomo queda con un exceso de carga eléctrica, ya sea positiva o negativa, se dice que se ha convertido en un ión (positivo o negativo). Entonces son radiaciones ionizantes los rayos X, las radiaciones alfa, beta y gamma. Las radiaciones ionizantes pueden provocar reacciones y cambios químicos con el material con el cual interaccionan. Por ejemplo, son capaces de romper los enlaces químicos de las moléculas o generar cambios genéticos en células reproductoras.

Radiación alfa
Las partículas alfa son conjuntos de dos protones y dos neutrones, es decir, el núcleo de un átomo de helio, eyectadas del núcleo de un átomo radiactivo. La emisión de este tipo de radiación ocurre en general en átomos de elementos muy pesados, como el uranio, el torio o el radio. El núcleo de estos átomos tiene bastantes más neutrones que protones y eso los hace inestables. Al emitir una partícula alfa, el átomo cambia la composición de su núcleo, y queda transformado en otro con dos protones y dos neutrones menos. Esto se conoce como transmutación de los elementos. Así por ejemplo, cuando el uranio 238 cuyo número atómico (Z = número de protones en el núcleo) es de 92, emite una partícula alfa, queda transmutado en un átomo de torio 234, cuyo número atómico es de 90

La característica de estas partículas a ser muy pesadas y tiene doble carga positiva les hace interactuar con casi cualquier otra partícula con que se encuentre incluyendo los átomos que constituyen el aire (cuando penetra en un centímetro de aire puede producir hasta 30.000 pares de iones), causando numerosas ionizaciones en una distancia corta.


Interacción de las Radiaciones Alfa con la Materia

Esta rapidez para repartir energía la convierte en una radiación poco penetrante que puede ser detenida por una simple hoja de papel sin embargo no son inofensivas ya que pueden actuar en los lugares en que se depositan ya sea por sedimentación o por inhalación.

Radiación beta
Las partículas beta tienen una carga negativa y una masa muy pequeña, por ello reaccionan menos frecuentemente con la materia que las alfa pero su poder de penetración es mayor que en estas (casi 100 veces más penetrantes). Son frenadas por metros de aire, una lámina de aluminio o unos cm. de agua.
Este tipo de radiación se origina en un proceso de reorganización nuclear en que el núcleo emite un electrón, junto con una partícula no usual, casi sin masa, denominada antineutrino que se lleva algo de la energía perdida por el núcleo. Como la radiactividad alfa, la beta tiene lugar en átomos ricos en neutrones, y suelen ser elementos producidos en reacciones nucleares naturales, y más a menudo, en las plantas de energía nuclear. Cuando un núcleo expulsa una partícula beta, un neutrón es transformado en un protón. El núcleo aumenta así en una unidad su número atómico, Z, y por tanto, se transmuta en el elemento siguiente de la Tabla Periódica de los Elementos.

Si una partícula beta se acerca a un núcleo atómico, desvía su trayectoria y pierde parte de su energía (se "frena"). La energía que ha perdido se transforma en rayos X. Este proceso recibe el nombre de "Radiación de Frenado".Otra interesante reacción ocurre cuando una partícula beta colisiona con un electrón positivo. En este proceso, ambas partículas se aniquilan y desaparecen, liberando energía en forma de rayos gamma.


Interacción de las Radiaciones Beta con la Materia

Radiación gamma
Las emisiones alfa y beta suelen ir asociadas con la emisión gamma. Es decir las radiaciones gamma suelen tener su origen en el núcleo excitado generalmente, tras emitir una partícula alfa o beta, el núcleo tiene todavía un exceso de energía, que es eliminado como ondas electromagnéticas de elevada frecuencia. Los rayos gamma no poseen carga ni masa; por tanto, la emisión de rayos gamma por parte de un núcleo no conlleva cambios en su estructura, interaccionan con la materia colisionando con las capas electrónicas de los átomos con los que se cruzan provocando la pérdida de una determinada cantidad de energía radiante con lo cual pueden atravesar grandes distancias, Su energía es variable, pero en general pueden atravesar cientos de metros en el aire, y son detenidas solamente por capas grandes de hormigón, plomo o agua.

Con la emisión de estos rayos, el núcleo compensa el estado inestable que sigue a los procesos alfa y beta. La partícula alfa o beta primaria y su rayo gamma asociado se emiten casi simultáneamente. Sin embargo, se conocen algunos casos de emisión alfa o beta pura, es decir, procesos alfa o beta no acompañados de rayos gamma; también se conocen algunos isótopos que emiten rayos gamma de forma pura. Esta emisión gamma pura tiene lugar cuando un isótopo existe en dos formas diferentes, los llamados isómeros nucleares, con el mismo número atómico y número másico pero distintas energías. La emisión de rayos gamma acompaña a la transición del isómero de mayor energía a la forma de menor energía.
Aunque no hay átomos radiactivos que sean emisores gamma puros, algunos son emisores muy importantes, como el Tecnecio 99, utilizado en Medicina Nuclear, y el Cesio 137, que se usa sobre todo para la calibración de los instrumentos de medición de radiactividad.


Poder de penetracion de las radiaciones

viernes, 17 de diciembre de 2010

Radiación no ionizante


Se entiende por radiación no ionizante aquella onda o partícula que no es capaz de arrancar electrones de la materia que ilumina produciendo, como mucho, excitaciones electrónicas. Ciñéndose a la radiación electromagnética, la capacidad de arrancar electrones (ionizar átomos o moléculas) vendrá dada, en el caso lineal, por la frecuencia de la radiación, que determina la energía por fotón, y en el caso no-lineal también por la "fluencia" (energía por unidad de superficie) de dicha radiación; en este caso se habla de ionización no lineal.

Así, atendiendo a la frecuencia de la radiación serán radiaciones no ionizantes las frecuencias comprendidas entre las frecuencias bajas o radio frecuencias y el ultravioleta aproximadamente, a partir del cual (rayos X y rayos gamma) se habla de radiación ionizante. En el caso particular de radiaciones no ionizantes por su frecuencia pero extremadamente intensas (únicamente los láseresintensos) aparece el fenómeno de la ionización no lineal siendo, por tanto, también ionizantes.

La emisión de neutrones termales corresponde a un tipo de radiación no ionizante tremendamente dañina para los seres vivientes. Un blindaje eficiente lo constituye cualquier fuente que posea hidrógeno, como el agua o los plásticos, aunque el mejor blindaje de todos para este tipo de neutrones, al igual que en la emisión de neutrones lentos, son: el cadmio natural(Cd), por captura reactiva, y el Boro (B), por reacciones de transmutación. Para este tipo de radiación los materiales como el plomo, acero, etc. son absolutamente transparentes.

Interacción con la materia

El término radiación no ionizante hace referencia a la interacción de ésta con la materia; al tratarse de frecuencias consideradas 'bajas' y por lo tanto también energías bajas por fotón, en general, su efecto es potencialmente menos peligroso que las radiaciones ionizantes.

La frecuencia de la radiación no ionizante determinará en gran medida el efecto sobre la materia o tejido irradiado; por ejemplo, las microondas portan frecuencias próximas a los estados vibracionales de las moléculas del agua, grasa o azúcar, al 'acoplarse' con las microondas se calientan. La región infrarroja también excita modos vibracionales; esta parte del espectro corresponde a la llamada radiación térmica. Por último la región visible del espectro por su frecuencia es capaz de excitar electrones, sin llegar a arrancarlos.

Riesgos y protección

La exposición a flujo de neutrones, provenientes de fuentes selladas de elementos radiactivos, conjuntamente con emisores de neutrones como cadmio y berilio, requiere de medidas radiológicas de extrema importancia.

Aunque por sus características este tipo de radiación no es capaz de alterar químicamente la materia, la exposición a ella, fundamentalmente frecuencias ópticas (infrarrojo, visible, ultravioleta), presenta una serie de riesgos, fundamentalmente para la visión, que deben tenerse en cuenta. Internacionalmente, entre otros, la ICNIRP (International Commission for Non Ionizing Radiation Protection)1 es el organismo responsable de las recomendaciones para la protección frente a estas radiaciones, elaborando protocolos de protección frente a, por ejemplo, radiación láser no ionizante o frente a fuentes de banda ancha.

La radiación óptica (no ionizante) puede producir hasta cinco efectos sobre el ojo humano: quemaduras de retina, fotorretinitis o Blue-Light Hazard, fotoqueratitis, fotoconjuntivitis e inducir la aparición de cataratas. También produce efectos negativos sobre la piel. Aunque se ha especulado sobre efectos negativos sobre la salud son provocados por radiaciones de baja frecuencia y microondas, no se han encontrado hasta la fecha evidencias científicas de este hecho.

martes, 14 de diciembre de 2010

Protección radiológica

Protección radiológica


La protección radiológica es la disciplina que estudia los efectos de las dosis producidas por las radiaciones ionizantes y los procedimientos para proteger a los seres vivos de sus efectos nocivos, siendo su objetivo principal los seres humanos.



Premisas

Sus premisas principales para considerar todas sus recomendaciones, ya sea recomendando o deslegitimando aplicaciones de radiaciones, recomendando límites de dosis, redactando planes de emergencia, planificando actuaciones en caso de emergencia (contramedidas), o cualquier otra, son las siguientes:

  • Justificación: Toda acción recomendada por la protección radiológica siempre estará debidamente justificada, siendo la mejor de las opciones existentes, tanto para el individuo como para la sociedad en su conjunto.
  • Optimización: Todas las acciones deberán estar realizadas de forma tal que estén hechas en el mejor modo posible según la tecnología existente en el momento y el grado de conocimiento humano que se posea.
  • Limitación de dosis: Principio reflejado en las siglas ALARA (As Low As Reasonably Achievable en inglés o tan bajo como sea razonablemente posible en español). Aunque una recomendación esté justificada porque el beneficio reportado es mayor que las desventajas, y optimizada según la tecnología, se intentará por todos los medios posibles que la dosis recibida por cualquier individuo o por un colectivo cualquiera, sea lo más baja posible, siempre que las medidas de protección y minimización de dosis no supongan un daño mayor para el individuo o la sociedad. Por ejemplo, es imposible alcanzar un nivel de dosis cero cerca de un aparato de rayos X, el precio de un blindaje que aislara completamente las radiaciones sería infinito. Por eso se dice razonablemente posible.Las reglas de la protección radiológica

Las tres reglas fundamentales de protección contra toda fuente de radiación son:

  1. Distancia: Alejarse de la fuente de radiación, puesto que su intensidad disminuye con el cuadrado de la distancia;
  2. Blindaje: Poner pantallas protectoras (blindaje biológico) entre la fuente radiactiva y las personas. Por ejemplo, en las industrias nucleares, pantallas múltiples protegen a los trabajadores. Las pantallas utilizadas habitualmente son muros de hormigón, láminas de plomo o acero y cristales especiales enriquecidos con plomo;
  3. Tiempo: Disminuir la duración de la exposición a las radiaciones.

Estas medidas de protección radiológica se pueden comparar a las que se toman contra los rayos ultravioletas: utilización de una crema solar que actúa como una pantalla protectora y limitación de la exposición al Sol.

Para las fuentes radiactivas que emitan radiaciones, se deben añadir otras dos recomendaciones adicionales:

  • Esperar, cuando sea posible, el descenso de la actividad radiactiva de los elementos por su decaimiento natural.
  • Ventilar, si existen gases radiactivos.

Por ejemplo, las instalaciones nucleares no se desmantelan inmediatamente después de su detención, para esperar una disminución de la actividad radiológica de las zonas afectadas. En las minas subterráneas de uranio, una ventilación muy eficaz permite mantener una débil concentración de radón en el aire que respiran los mineros.

Los trabajadores que puedan alcanzar niveles de dosis cercanos a los límites legales debido a las radiaciones ionizantes en su trabajo (industrias nucleares, médicos, radiólogos...) suelen llevar dosímetros que miden la cantidad de radiación a la cual han estado sometidos. Estos dispositivos permiten asegurarse de que la persona ha recibido una dosis inferior a la dictada legalmente, o en caso de accidente radiológico, conocer el alcance de la dosis recibida.

Las normas internacionales de protección radiológica

La toma de conciencia del peligro potencial que tiene la exposición excesiva a las radiaciones ionizantes llevó a las autoridades a fijar las normas reglamentarias para los límites de dosis. Estos límites corresponden a un riesgo suplementario aceptable respecto al riesgo natural.

  • Desde 1928, la Comisión Internacional de Protección Radiológica (CIPR o ICRP en inglés) reúne médicos, físicos y biólogos de todos los países. Esta autoridad científica independiente emite recomendaciones en materia de protección radiológica, aplicables a las reglamentaciones de cada Estado cuando se considera necesario por los mismos.
  • La UNSCEAR (United Nations Scientific Committee on the Effects of Atomic Radiation) reúne a científicos repesentantes de 21 naciones. Se creó en 1955 en el seno de la ONU para reunir el máximo de datos sobre los niveles de exposición debidos a las diversas fuentes de radiaciones ionizantes y sus consecuencias biológicas, sanitarias y medioambientales. Constituye un balance regular de estos datos, pero igualmente una evaluación de los efectos estudiando los resultados experimentales, la estimación de las dosis y los datos humanos.
  • El OIEA edita periódicamente normas de seguridad y protección radiológica aplicable a las industrias y prácticas que utilizan radiaciones, utilizando las últimas recomendaciones de los organismos científicos (como la CIPR o la UNSCEAR). Esas normas no son de obligado cumplimiento para los países miembro del organismo a no ser que soliciten la asistencia del propio organismo. Sin embargo, en gran medida se utilizan como base para elaborar la legislación de la mayor parte de los estados.
  • A nivel europeo, la Unión Europea utiliza estas recomendaciones en sus propias normas o directivas.

Las normas legales de protección radiológica a día de hoy utilizan:

  1. Un límite de dosis efectiva de 1 mSv/año para la población general y de 100 mSv de promedio en 5 años para las personas dedicadas a trabajos que implican una exposición radiactiva (industria nuclear, radiología médica), con un máximo de 50 mSv en un único año;
  2. Un límite de dosis equivalente (órgano) de 150 mSv para el cristalino (ojo) y 500 mSv para la piel y las manos.

martes, 30 de noviembre de 2010

BLINDAJES

Una de las formas de protección radiológica es el blindaje. Se llama blindaje a un absorbente que se coloca en el camino de las radiaciones y que produce una atenuación de su intensidad hasta llevarla a valores lo suficientemente pequeños como para ser considerados de muy bajo riesgo.

El blindaje debe ser colocado en lugares determinados de cada instalación, el material y espesor es calculado tomando en cuenta la radiación, las características de la construcción a blindar y el factor ocupacional del lugar.

Nuestra empresa a través de profesionales especialmente autorizados porRadiofísica Sanitaria del Ministerio de Salud de la Nación, realiza estos cálculos y planos a las 72 horas de solicitado el servicio, facilitando la habilitación de la sala donde se trabajará con radiaciones ionizantes.

viernes, 26 de noviembre de 2010

Monitoraje de la radiación

Una vez analizados los efectos biológicos de las radiaciones, nuestro propósito es definir los objetivos para proteger

adecuadamente a los individuos en relación con estos efectos. En relación con los efectos deterninísticos (E.D.), el

objetivo es evitar que ocurran, y esto se consigue simplemente asegurando que ningún individuos reciba dosis

superiores a los umbrales correspondientes. Pero cuando consideramos los efectos determinísticos la situación no es

tan simple. Podemos evaluar el problemahaciendo algunas preguntas:

Pregunta 1: ¿Los Efectos Estocásticos (E.E.) se pueden evitar?

Solamente si se eliminan todas las fuentes de radiación (incluyendo las de origen cósmico y terrestre). Evidentemente

esto es imposible, puesto que no podemos controlar la exposición a fuentes naturales de radiación, excepto en casos

muy particulares como por ejemplo la minería y la operación de tripulaciones de líneas aéreas, pero nunca podemos

eliminar estos riesgos. Puesto que no podemos evitar los riesgos originados en fuentes naturales, restringiremos el

alcance de la pregunta anterior:

Pregunta 2: ¿Se pueden evitar los E.E. producidos por fuentes de radiación originadospor actividades humanas?

Si, pero solo si se dejaran de realizar estas actividades, lo que implicaría renunciar a los beneficios quelas mismas

brindan a la sociedad (energía, nivel de confort, medicina, seguridad, etc.), puesto quecualquier actividad humana en la

que se empleen radiaciones tiene asociado un cierto riesgo, que puedehacerse tan bajo como se pretenda, pero que

nunca será cero.

Llegado este punto podemos extraer una primera conclusión: La radiación produce un detrimento(1) pero también

genera beneficios para la sociedad. De aquí se deriva el PRIMER CRITERIO BÁSICO DE LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA:

JUSTIFICACIÓN DE UNA PRÁCTICA(2)

“No se debería adoptar ninguna práctica que suponga la exposición a radiaciones salvo que dicha práctica implique un

beneficio neto para los individuos expuestos o para la sociedad, suficiente como para compensar el detrimento que

causa”

Ejemplos de prácticas generalmente justificadas: medicina nuclear, radioterapia, alguna aplicacionesindustriales, etc.

Ejemplos de prácticas no justificadas: uso de piedras preciosas radiactivas, pararrayos radiactivos, screening

poblacional, exámenes pre y post ocupacionales, etc.

Pregunta 3: Una vez que justificamos una práctica ¿estamos aceptamos que existirá un cierto detrimento generado por esa práctica; podemos hacer algo más para proteger a los individuos expuestos?

Si. Una vez que justificamos una práctica aceptamos el detrimento que la misma producirá, pero siempre y cuando se

hayan hecho todos los esfuerzos razonables para minimizar ese detrimento. El detrimento será tanto mayor cuanto

mayor sea el número de individuos y la dosis a la que resultan expuestos los mismos. Por lo tanto podemos (y debemos)

limitar el detrimento, limitando tanto como sea razonablemente posible las dosis individuales y el número de

personas expuestas.

Pregunta 4: ¿Podemos predecir con certeza las dosis a las que estarán expuestos los individuos durante la realización de una práctica?

No. Podemos, mediante procedimientos adecuados y un sistema de monitoraje de las dosis individuales establecer

que valores de dosis es dable esperar en los individuos expuestos durante la realización de una práctica en condiciones

normales, pero siempre existe una cierta probabilidad de que las condiciones se aparten de las normales, por

ejemplo: que ocurra un accidente. Este tipo de exposiciones se denominan Exposiciones Potenciales (3); en este caso,

para limitar el detrimento no solo es necesario limitar tanto como sea posible las dosis que reciban los individuos y el

número de individuos expuestos, sino también la probabilidad de que tales situaciones

ocurran, tomando las medidas de prevención necesarias en cada caso.

De las dos respuestas anteriores surge el SEGUNDO CRITERIO BÁSICO DE LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA:

OPTIMIZACIÓN:

“ ....tanto la magnitud de las dosis individuales como el número de personas expuestas y la probabilidad de que se

produzca una exposición -cuando no exista certeza sobre la ocurrencia de la misma- se deberán mantener tan

bajos como sea razonablemente alcanzable, teniendo en cuenta factores económicos y sociales..”.

Ejemplo: Para realizar un cierto trabajo con radiaciones se plantean las cuatro opciones indicadas en el cuadro.

Marcar con X la opción que presenta el menor detrimento individual y el menor detrimento colectivo. Marcar con Y

la opción más desfavorable para cada caso.

Se observa que el caso 4 genera el menor detrimento colectivo, pero sólo un individuo cargará con el mismo. Por

otro lado en el caso 1 el detrimento total será mayor, pero al estar repartido entre más personas, cada una de ellas

estará expuesta a un riesgo menor. Conclusión: En pos de reducir al detrimento total puede llegar a aumentar excesivamente el detrimento individual, haciendo recaer el mismo sobre muy pocas personas. Es decir: puede darse el caso de que muchas personas gocen del beneficio de una práctica, pero a costa de exponer a un reducido grupo de otras personas a riesgos que pueden ser inaceptablemente altos. Para evitar estas inequidades es necesario establecer un TERCER CRITERIO BÁSICO DE LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA:

LÍMITES INDIVIDUALES DE DOSIS Y DE RIESGO:

“La exposición de individuos que resulte de la combinación de todas la prácticas pertinentes debería estar sujeta a

límites de dosis, o a algún mecanismo de control del riesgo en el caso de exposiciones potenciales. La finalidad de

tales controles es asegurar que ningún individuo sea expuesto a riesgos de irradiación considerados inaceptables

para dichas prácticas bajo circunstancias normales...”.

Caso 1 2 3 4

Nº de pers. (h) 100 10 10 1

Dosis indiv.

(mSv)

0.1 1 0.9 8

Riesgo individual X Y

Riesgo colectivo Y Y X

Los LÍMITES INDIVIDUALES DE DOSIS son los siguientes:

Límites de dosis para exposición ocupacional

• Dosis efectiva:

20 mSv promediada a lo largo de períodos definidos de 5 años; 50 mSv en un año cualquiera.

• Dosis equivalente:

Cristalino: 150mSv/año.

Piel: 500 mSv/año.

• Caso particular de trabajadoras embarazadas:

El criterio es proteger al embrión como un miembro del público, lo cual se logra estableciendo un límite

adicional de dosis equivalente en la superficie del abdomen de la mujer(parte inferior) de 2 mSv durante el resto

del embarazo.

Límites de dosis para exposición del público:

• Dosis efectiva: 1 mSv/año.

• Límites de Riesgo para Exposiciones Potenciales:

Tienen en cuenta tanto las dosis colectivas en caso de que ocurra un dado evento como la probabilidad de

ocurrencia del mismo.

Qué NO son los límites individuales de dosis (L.I.D.)

• No son umbrales de seguridad. El hecho de respetarlos no nos permite asegurar que no sufriremos efectos

estocásticos.

• No son criterios de penalización: nadie puede ser sancionados por el simple hecho de superarlos.

• No son valores que, de ser excedidos, nos condenarán a sufrir algún tipo de efecto nocivo.

Qué SI son los L.I.D.

• Los límites de dosis son valores hasta cierto punto arbitrarios –más propiamente dicho: subjetivos– que delimitan

Una frontera entre una situación de riesgo considerada como inaceptable y otra tolerable, aunque no

automáticamente aceptable (sólo será aceptable si la práctica está optimizada).

• Los L.I.D. son menores que cualquier umbral para la ocurrencia de EFECTOS DETERMINÍSTICOS, por lo que

cumplir con los límites de dosis nos asegura que:

1) no estaremos expuestos a riesgos inaceptablemente altos de EFECTOS ESTOCÁSTICOS

2) no sufriremos EFECTOS DETERMINÍSTICOS

En el caso especial de los pacientes sometidos a diagnóstico o terapia con radiaciones, debe notarse que los mismos

son los únicos individuos que reciben tanto los beneficios con el detrimento; limitar las dosis implica también limitar

los beneficios. Por lo tanto, LOS LÍMITES INDIVIDUALES DE DOSIS NO SE APLICAN A LOS PACIENTES

SOMETIDOS A PRÁCTICAS CON RADIACIONES.

RESUMEN

Criterios básicos relacionados con las Prácticas

EXPLICACIÓN DE TÉRMINOS:

(1) DETRIMENTO:

Recomendaciones previas del CIPR utilizaban, para la evaluación de los efectos estocásticos el concepto de RIESGO, en particular el riesgo de muerte por cáncer o leucemia atribuibles a la radiación y el riesgo de efectos hereditarios en las dos primeras generaciones. Posteriormente este concepto se juzgó como insuficiente y las recomendaciones vigentes (publicación #60 de la CIPR de 1990) han adoptado un concepto más amplio que además pondera los casos de cáncer no fatal. Este concepto es el de DETRIMENTO, y sus “ingredientes” son: de que la muerte de la persona se deba a la

radiación; tiempo de vida perdido en caso de muerte por causa atribuible a la radiación, reducción de la expectativa de vida, distribución anual de la probabilidad de muerte, probabilidad de cáncer no fatal, disminución de la calidad de vida en caso de cáncer no fatal, efectos hereditarios en todas las generaciones sucesivas (no sólo en las dos primeras).

Cuando hablamos de EFECTOS ESTOCÁSTICOS, entonces, podemos decir que cuanto mayor sea la DOSIS EFECTIVA mayor será el DETRIMENTO, que involucra todos los conceptos mencionados.

(2) PRÁCTICA:

Se entiende por PRÁCTICA a toda tarea con fuentes de radiación que produzca un incremento real o potencial de la exposición de personas a las radiaciones ionizantes, o de la cantidad de personas expuestas. (Definición textual de las Normas Básicas de Seguridad Radiológica A.R. 10.1.1 inc. 6)

(3) EXPOSICIONES POTENCIALES:

Es una exposición no programada que puede ocurrir como resultado de un accidente en una fuente de radiación o deberse a fallas de equipos, errores de operación u otros sucesos de carácter aleatorio. (Idem 2)

CRITERIO PARA INTERVENCIONES:

A diferencia de las Prácticas, las intervenciones son “todas aquellas acciones llevadas a cabo con el objeto de reducir una exposición a la radiación debida a situaciones preexistentes provocadas por accidentes o debida a valores altos de radiación provenientes de fuentes naturales” (Norma A.R. 10.1.1.).

JUSTIFICACIÓN:

Sólo se considera justificada una intervención si se prevé que con ella se obtendrá una mejora de la situación. Cuando la situación en la cual la dosis proyectada puede exceder los umbrales para efectos determinísticos, la intervención se encuentra generalmente justificada.OPTIMIZACIÓN:

Una vez decidida la intervención, la magnitud de la misma (los niveles a los cuales se interviene) y el tiempo durante el cual se mantiene la intervencióndeben surgir de un análisis de optimización.

LÍMITES DE DOSIS:

Los límites de dosis establecidos para las prácticas no son aplicables a situaciones de intervención. En su lugar se establecen ciertos criterios, entre ellos los siguientes:

• Cuando la dosis efectiva proyectada supere los 100 mSv las tareas a cumplir en operaciones de intervención serán voluntarias. Los voluntarios sólo podrán ser trabajadores previamente informados acerca de los riesgos involucrados en la ejecución de las tareas de intervención.

• Las situaciones de intervención que impliquen la exposición de voluntarios a una dosis efectiva que exceda 1 Sievert o dosis equivalente en piel superior a 10 Sievert sólo pueden ser justificadas si se trata de salvar vidas humanas.

BIBLIOGRAFÍA A CONSULTAR:

Comisión Internacional de Protección Radiológica - Recomendaciones 1990 - Icrp-60.

Norma Básica de Seguridad Radiológica A.R.10.1.1. Autoridad Regulatoria Nuclear.

jueves, 25 de noviembre de 2010

Embarazo e irradiacion medica-ICRP-84

Aplicación de los criterios básicos

Una vez analizados los efectos biológicos de las radiaciones, nuestro propósito es definir los objetivos para proteger

adecuadamente a los individuos en relación con estos efectos. En relación con los efectos deterninísticos (E.D.), el

objetivo es evitar que ocurran, y esto se consigue simplemente asegurando que ningún individuos reciba dosis

superiores a los umbrales correspondientes. Pero cuando consideramos los efectos determinísticos la situación no es

tan simple. Podemos evaluar el problemahaciendo algunas preguntas:

Pregunta 1: ¿Los Efectos Estocásticos (E.E.) se pueden evitar?

Solamente si se eliminan todas las fuentes de radiación (incluyendo las de origen cósmico y terrestre). Evidentemente

esto es imposible, puesto que no podemos controlar la exposición a fuentes naturales de radiación, excepto en casos

muy particulares como por ejemplo la minería y la operación de tripulaciones de líneas aéreas, pero nunca podemos

eliminar estos riesgos. Puesto que no podemos evitar los riesgos originados en fuentes naturales, restringiremos el

alcance de la pregunta anterior:

Pregunta 2: ¿Se pueden evitar los E.E. producidos por fuentes de radiación originadospor actividades humanas?

Si, pero solo si se dejaran de realizar estas actividades, lo que implicaría renunciar a los beneficios quelas mismas

brindan a la sociedad (energía, nivel de confort, medicina, seguridad, etc.), puesto quecualquier actividad humana en la

que se empleen radiaciones tiene asociado un cierto riesgo, que puedehacerse tan bajo como se pretenda, pero que

nunca será cero.

Llegado este punto podemos extraer una primera conclusión: La radiación produce un detrimento(1) pero también

genera beneficios para la sociedad. De aquí se deriva el PRIMER CRITERIO BÁSICO DE LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA:

JUSTIFICACIÓN DE UNA PRÁCTICA(2)

“No se debería adoptar ninguna práctica que suponga la exposición a radiaciones salvo que dicha práctica implique un

beneficio neto para los individuos expuestos o para la sociedad, suficiente como para compensar el detrimento que

causa”

Ejemplos de prácticas generalmente justificadas: medicina nuclear, radioterapia, alguna aplicacionesindustriales, etc.

Ejemplos de prácticas no justificadas: uso de piedras preciosas radiactivas, pararrayos radiactivos, screening

poblacional, exámenes pre y post ocupacionales, etc.

Pregunta 3: Una vez que justificamos una práctica ¿estamos aceptamos que existirá un cierto detrimento

generado por esa práctica; podemos hacer algo más para proteger a los individuos expuestos?

Si. Una vez que justificamos una práctica aceptamos el detrimento que la misma producirá, pero siempre y cuando se

hayan hecho todos los esfuerzos razonables para minimizar ese detrimento. El detrimento será tanto mayor cuanto

mayor sea el número de individuos y la dosis a la que resultan expuestos los mismos. Por lo tanto podemos (y debemos)

limitar el detrimento, limitando tanto como sea razonablemente posible las dosis individuales y el número de

personas expuestas.

Notas Técnicas

Pregunta 4: ¿Podemos predecir con certeza las dosis a las que estarán expuestos los individuos durante la

realización de una práctica?

No. Podemos, mediante procedimientos adecuados y un sistema de monitoraje de las dosis individuales establecer

que valores de dosis es dable esperar en los individuos expuestos durante la realización de una práctica en condiciones

normales, pero siempre existe una cierta probabilidad de que las condiciones se aparten de las normales, por

ejemplo: que ocurra un accidente. Este tipo de exposiciones se denominan Exposiciones Potenciales (3); en este caso,

para limitar el detrimento no solo es necesario limitar tanto como sea posible las dosis que reciban los individuos y el

número de individuos expuestos, sino también la probabilidad de que tales situaciones

ocurran, tomando las medidas de prevención necesarias en cada caso.

De las dos respuestas anteriores surge el SEGUNDO CRITERIO BÁSICO DE LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA:

OPTIMIZACIÓN:

“ ....tanto la magnitud de las dosis individuales como el número de personas expuestas y la probabilidad de que se

produzca una exposición -cuando no exista certeza sobre la ocurrencia de la misma- se deberán mantener tan

bajos como sea razonablemente alcanzable, teniendo en cuenta factores económicos y sociales..”.

Ejemplo: Para realizar un cierto trabajo con radiaciones se plantean las cuatro opciones indicadas en el cuadro.

Marcar con X la opción que presenta el menor detrimento individual y el menor detrimento colectivo. Marcar con Y

la opción más desfavorable para cada caso.

Se observa que el caso 4 genera el menor detrimento colectivo, pero sólo un individuo cargará con el mismo. Por

otro lado en el caso 1 el detrimento total será mayor, pero al estar repartido entre más personas, cada una de ellas

estará expuesta a un riesgo menor. Conclusión: En pos de reducir al detrimento total puede llegar a aumentar excesivamente

el detrimento individual, haciendo recaer el mismo sobre muy pocas personas. Es decir: puede darse el caso

de que muchas personas gocen del beneficio de una práctica, pero a costa de exponer a un reducido grupo de otras

personas a riesgos que pueden ser inaceptablemente altos. Para evitar estas inequidades es necesario establecer un

TERCER CRITERIO BÁSICO DE LA SEGURIDAD RADIOLÓGICA:

LÍMITES INDIVIDUALES DE DOSIS Y DE RIESGO:

“La exposición de individuos que resulte de la combinación de todas la prácticas pertinentes debería estar sujeta a

límites de dosis, o a algún mecanismo de control del riesgo en el caso de exposiciones potenciales. La finalidad de

tales controles es asegurar que ningún individuo sea expuesto a riesgos de irradiación considerados inaceptables

para dichas prácticas bajo circunstancias normales...”.

Caso 1 2 3 4

Nº de pers. (h) 100 10 10 1

Dosis indiv.

(mSv)

0.1 1 0.9 8

Riesgo individual X Y

Riesgo colectivo Y Y X

Notas Técnicas

Los LÍMITES INDIVIDUALES DE DOSIS son los siguientes:

Límites de dosis para exposición ocupacional

• Dosis efectiva:

20 mSv promediada a lo largo de períodos definidos de 5 años; 50 mSv en un año cualquiera.

• Dosis equivalente:

Cristalino: 150mSv/año.

Piel: 500 mSv/año.

• Caso particular de trabajadoras embarazadas:

El criterio es proteger al embrión como un miembro del público, lo cual se logra estableciendo un límite

adicional de dosis equivalente en la superficie del abdomen de la mujer(parte inferior) de 2 mSv durante el resto

del embarazo.

Límites de dosis para exposición del público:

• Dosis efectiva: 1 mSv/año.

• Límites de Riesgo para Exposiciones Potenciales:

Tienen en cuenta tanto las dosis colectivas en caso de que ocurra un dado evento como la probabilidad de

ocurrencia del mismo.

Qué NO son los límites individuales de dosis (L.I.D.)

• No son umbrales de seguridad. El hecho de respetarlos no nos permite asegurar que no sufriremos efectos

estocásticos.

• No son criterios de penalización: nadie puede ser sancionados por el simple hecho de superarlos.

• No son valores que, de ser excedidos, nos condenarán a sufrir algún tipo de efecto nocivo.

Qué SI son los L.I.D.

• Los límites de dosis son valores hasta cierto punto arbitrarios –más propiamente dicho: subjetivos– que delimitan

una frontera entre una situación de riesgo considerada como inaceptable y otra tolerable, aunque no

automáticamente aceptable (sólo será aceptable si la práctica está optimizada).

• Los L.I.D. son menores que cualquier umbral para la ocurrencia de EFECTOS DETERMINÍSTICOS, por lo que

cumplir con los límites de dosis nos asegura que:

1) no estaremos expuestos a riesgos inaceptablemente altos de EFECTOS ESTOCÁSTICOS

2) no sufriremos EFECTOS DETERMINÍSTICOS

En el caso especial de los pacientes sometidos a diagnóstico o terapia con radiaciones, debe notarse que los mismos

son los únicos individuos que reciben tanto los beneficios con el detrimento; limitar las dosis implica también limitar

los beneficios. Por lo tanto, LOS LÍMITES INDIVIDUALES DE DOSIS NO SE APLICAN A LOS PACIENTES

SOMETIDOS A PRÁCTICAS CON RADIACIONES.

Notas Técnicas

RESUMEN

Criterios básicos relacionados con las Prácticas

EXPLICACIÓN DE TÉRMINOS:

(1) DETRIMENTO:

Recomendaciones previas del CIPR utilizaban, para la evaluación de los efectos estocásticos el concepto de RIESGO, en particular el riesgo de muerte

por cáncer o leucemia atribuibles a la radiación y el riesgo de efectos hereditarios en las dos primeras generaciones. Posteriormente este concepto se

juzgó como insuficiente y las recomendaciones vigentes (publicación #60 de la CIPR de 1990) han adoptado un concepto más amplio que además

pondera los casos de cáncer no fatal. Este concepto es el de DETRIMENTO, y sus “ingredientes” son: de que la muerte de la persona se deba a la

radiación; tiempo de vida perdido en caso de muerte por causa atribuible a la radiación, reducción de la expectativa de vida, distribución anual de la

probabilidad de muerte, probabilidad de cáncer no fatal, disminución de la calidad de vida en caso de cáncer no fatal, efectos hereditarios en todas las

generaciones sucesivas (no sólo en las dos primeras).

Cuando hablamos de EFECTOS ESTOCÁSTICOS, entonces, podemos decir que cuanto mayor sea la DOSIS EFECTIVA mayor será el DETRIMENTO,

que involucra todos los conceptos mencionados.

(2) PRÁCTICA:

Se entiende por PRÁCTICA a toda tarea con fuentes de radiación que produzca un incremento real o potencial de la exposición de personas a las

radiaciones ionizantes, o de la cantidad de personas expuestas. (Definición textual de las Normas Básicas de Seguridad Radiológica A.R. 10.1.1 inc. 6)

(3) EXPOSICIONES POTENCIALES:

Es una exposición no programada que puede ocurrir como resultado de un accidente en una fuente de radiación o

deberse a fallas de equipos, errores de operación u otros sucesos de carácter aleatorio. (Idem 2)

CRITERIO PARA INTERVENCIONES:

A diferencia de las Prácticas, las intervenciones son “todas aquellas acciones llevadas a cabo con el objeto de reducir una exposición a la radiación

debida a situaciones preexistentes provocadas por accidentes o debida a valores altos de radiación provenientes de fuentes naturales” (Norma A.R. 10.1.1.).

JUSTIFICACIÓN:

Sólo se considera justificada una intervención si se prevé que con ella se obtendrá una mejora de la situación. Cuando la situación en la cual la dosis

proyectada puede exceder los umbrales para efectos determinísticos, la intervención se encuentra generalmente justificada.OPTIMIZACIÓN:

Una vez decidida la intervención, la magnitud de la misma (los niveles a los cuales se interviene) y el tiempo durante el cual se mantiene la intervención

deben surgir de un análisis de optimización.

LÍMITES DE DOSIS:

Los límites de dosis establecidos para las prácticas no son aplicables a situaciones de intervención. En su lugar se establecen ciertos criterios, entre ellos

los siguientes:

• Cuando la dosis efectiva proyectada supere los 100 mSv las tareas a cumplir en operaciones de intervención serán voluntarias. Los voluntarios

sólo podrán ser trabajadores previamente informados acerca de los riesgos involucrados en la ejecución de las tareas de intervención.

• Las situaciones de intervención que impliquen la exposición de voluntarios a una dosis efectiva que exceda 1 Sievert o dosis equivalente en piel superior a 10 Sievert sólo pueden ser justificadas si se trata de salvar vidas humanas.

BIBLIOGRAFÍA A CONSULTAR:

Comisión Internacional de Protección Radiológica - Recomendaciones 1990 - Icrp-60.

Norma Básica de Seguridad Radiológica A.R.10.1.1. Autoridad Regulatoria Nuclear.